jueves, 25 de septiembre de 2008

La mujer en el Islam


El Corán en primer lugar se dirige a todos los seres humanos sin discriminación de raza, color o sexo. El Corán equipara a la mujer con el hombre en cuanto a su condición de creyentes. En el Corán, siempre se dirige a ambos al hombre y a la mujer como iguales en términos de dignidad y de respeto mutuo. Ahora bien, el concepto filosófico del Islam en la relación hombre-mujer es el de la equivalencia.

Se trata de derechos iguales-equivalentes pero no de derechos iguales-idénticos. La igualdad es distinta a lo idéntico.

Es decir la igualdad significa paridad y equidad, y lo idéntico significa que dos cosas son exactamente lo mismo.
Por ejemplo, la mujer en el Corán tiene derechos civiles: libertad de culto, derecho a elegir a su futuro marido –nadie puede obligarla a casarse con alguien que ella no quiere, derecho a divorciarse si el marido la maltrata, derecho a mantener su apellido paternal –este mismo derecho estaba dentro de las reivindicaciones de la lucha de las mujeres feministas en los años sesenta en Occidente.

Derechos sociales: el derecho a la enseñanza –que más que un derecho es una obligación, ya el Corán insiste en que los creyentes, mujeres y hombres, deben lograr el conocimiento, el saber y la educación porque la ignorancia es un pecado, y como dice el Corán “los más sabios son los más cercanos a Dios”–, el derecho al trabajo y el derecho a participar en todas las actividades sociales.

Derechos políticos: hace 1400 años que la mujer en el Islam tiene el derecho a votar, lo que en Occidente se consiguió muy tarde. Por dar un ejemplo, en Francia la mujer no ha adquirido el derecho de voto hasta 1945. El derecho a acceder a cargos políticos o militares –muchas mujeres fueron en la época de la revelación combatientes contra los paganos y politeístas de la Meca–.

Derechos económicos: unas de las leyes indiscutibles en el Islam es que la mujer tiene el derecho a una independencia económica total y absoluta. El hombre no tiene ningún derecho sobre la propiedad o el trabajo de la mujer. De acuerdo con el Islam, una mujer casada no está bajo el control del marido en lo que concierne a sus relaciones comerciales y sus ingresos. Ella es perfectamente libre e independiente en la ejecución de sus asuntos mercantiles, lo que está en contraste con la práctica usual en Europa hasta el comienzo del siglo XX.

El Islam nunca ha establecido una discriminación en perjuicio de las mujeres. Fueron muchos y novedosos los derechos que el Islam concedió a las mujeres en unos tiempos tan tempranos como en el siglo VII y VIII.

Para un historiador con cierta objetividad aquellos derechos constituyeron una auténtica revolución en la Edad Media.

Entonces, ¿por qué esta imagen de la mujer, tiranizada por el Islam? ¿Se trata de mitos o de realidades? Pienso sinceramente que los dos existen.

Mientras en la tradición occidental no se ha reconocido por mucho tiempo la igualdad a las mujeres, que luego han obtenido y siguen obteniendo avances muy significativos, en algunos de los países de tradición islámica las mujeres que gozaban de este status desde la revelación del Corán han visto una regresión de sus derechos. Las explicaciones pueden ser muy largas, pero yo apuntaría primero el hecho de que el freno al desarrollo de la mujer en algunas partes del mundo musulmán está ligado a una cierta lectura del Islam hecha por algunos Sabios Hombres –claro esta= que tenían una cultura misógina y que reproducían las tradiciones ancestrales machistas, pensando que estaban en el camino justo del Islam.

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